El 3 de abril de 2025, el Gobierno español confirmó oficialmente una nueva fecha de inicio para el uso de sistemas de facturación compatibles, también conocidos como SIF o Verifactu. Los contribuyentes que no utilizan el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) ahora tienen hasta el 1 de enero de 2026 para cumplir.
¿A quién afecta?
Las nuevas reglas se aplican a todos los contribuyentes que no están bajo el sistema SII. A partir de la nueva fecha límite, estos contribuyentes deberán emitir todas sus facturas —ya sean en papel o electrónicas— utilizando un software de facturación que cumpla con los estándares de SIF/Verifactu.
Para quienes ya utilizan SII, la buena noticia es que quedan fuera del alcance de esta obligación. Esto también aplica a los casos en que emitan autofacturas en nombre de proveedores que sí están obligados a cumplirla.
Por qué es importante
Este cambio forma parte del esfuerzo más amplio de España por alinear sus requisitos de facturación electrónica B2B con los estándares de la UE. La medida se enmarca en la estrategia de digitalización de España, que ha avanzado de forma constante mediante actualizaciones legales y notificaciones a la UE. Puedes leer más en nuestras publicaciones anteriores:
- España adapta la facturación B2B a la UE
- España notifica a la Comisión Europea sus planes de facturación B2B
Claridad legislativa final
El Real Decreto también confirma que no se esperan más cambios legislativos en el marco de SIF/Verifactu. Esto aporta la claridad necesaria para que las empresas preparen sus sistemas y cumplan con la normativa.